Monotributo: las claves de la recategorización

A partir de agosto, los monotributistas deberán cumplir con el segundo trámite de recategorización del año con una nueva tabla de valores. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Mercedes Marcó del Pont, prorrogó el plazo para que los monotributistas realicen la recategorización semestral y cumplan con la obligación de pago mensual correspondiente a agosto.

Hasta el jueves 5 de agosto hay tiempo para pagar la cuota de junio que originalmente vencía el 25 de junio. Los valores de las cuotas de enero a junio de 2021 se retrotrajeron a los vigentes en diciembre de 2020. De esta manera, quienes hayan hecho pagos en ese periodo tienen que verificar en su cuenta si no se les generó saldo a favor y tienen que reimputarlo manualmente.

La recategorización del monotributo estará habilitada hasta el 17 de agosto. El plazo fue dispuesto por AFIP para garantizar que los pequeños contribuyentes realicen el procedimiento con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal.

Con la reglamentación de la ley, el organismo instrumentó la actualización excepcional de las escalas que contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%. De esta forma, la recategorización habilitada podrá realizarse con los nuevos valores.

Las escalas actualizadas pueden consultarse en el Portal de Monotributo. Y los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

Asimismo, la AFIP estableció que hasta el 27 de agosto podrá realizarse el pago de la obligación mensual correspondiente a dicho mes. En el caso de los pequeños contribuyentes que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático, la operación también efectuará ese mismo día.

Los contribuyentes del sistema deberán observar cuál fue su facturación en el período de 12 meses terminado el 30 de junio de este año. En función del número resultante, ubicarse en la escala.

Cómo es el trámite

Ingresando, siempre con clave fiscal, en la página de la AFIP o en ww.monotributo.afip.gob.ar. En el último caso, aparece la opción de la recategorización entre los títulos se ven en la primera pantalla. Al clikear allí, el sistema va dando información sobre la categoría en la que está el monotributista y pide los datos de la facturación del último año y, en caso de corresponder, también de los otros parámetros del sistema. En función de esos datos, luego aparece asignada una determinada categoría que, en caso de ser confirmada, regirá por todo un semestre.

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